Nómina e indemnización

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que determina que un retraso «grave» de la empresa en el pago de la nómina a un trabajador justifica que éste resuelva su contrato de trabajo y sea indemnizado con una cantidad equivalente a la del despido improcedente.

El fallo del Supremo, con el que unifica doctrina, parte de un recurso de casación presentado por un trabajador al que la empresa en la que trabajaba le pagó su salario, durante un año, con una media de 10,5 días de retraso. La empresa en cuestión tenía deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social y recibía apremios, embargos y requerimientos de pago por parte de la Agencia Tributaria.