La Audiencia Nacional ordenó a la empresa Digitex Informática, que forma parte de Contact Center del Grupo Comdata, eliminar una cláusula laboral que, según la consideración del tribunal, pretendía privar a los trabajadores de esa compañía de las garantías mínimas ante un despido disciplinario.
La CCOO, CGT, UGT y USO habían presentado la demanda ante la Audiencia Nacional por considerar que la cláusula era abusiva.
Digitex incluyó a inicios de junio pasado un aparte en los contratos de trabajo de su plantilla que estableció que «de mutuo acuerdo establecen como motivo válidamente consignado para la resolución del contrato el bajo rendimiento del trabajador, en tres meses consecutivos o en cuatro alternos dentro de un período de seis, no alcance el 75 % de la media de producción mensual conseguida por los trabajadores del servicio al que esté adscrito».
Y la cláusula añadía que el trabajador estimaría «razonable y proporcionado el referido sistema de extinción por bajo rendimiento».
«Igualmente, el tribunal consideró que la cláusula implicó también la vulneración del derecho a la negociación colectiva de la representación legal de los trabajadores»
«Tanto CCOO como otros tres sindicatos presentamos una demanda ante la Audiencia Nacional por considerar esta cláusula abusiva y la sentencia ha confirmado este extremo entendiendo que estas clausulas ‘pretenden privar al trabajador de las garantías que tanto la legislación como el convenio le otorgan ante un despido disciplinario por bajo rendimiento’», dijo la CCOO en un comunicado de prensa.
DIGITEX VULNERABA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Igualmente, el tribunal consideró que la cláusula implicó también la vulneración del derecho a la negociación colectiva de la representación legal de los trabajadores. La Audiencia Nacional consideró que la cláusula era abusiva porque implicaba una negociación individual en masa, una situación que vulneraba el derecho a negociar de forma colectiva el contrato dentro de esa compañía.
El problema, de acuerdo a los fundamentos de la sentencia, es que la cláusula no era fruto de una negociación entre las partes -empresa y trabajador-, sino que Digitex impuso la misma en el texto de contrato de trabajo. De tal manera, si el trabajador que estaba a punto de ingresar no aceptaba la condición, ello equivalía a la no suscripción del contrato de trabajo.
«El Convenio Colectivo Sectorial que aplica la empresa demandada ya prevé como causa de despido disciplinario ‘la disminución continuada o voluntaria del rendimiento normal o pactado’ no pudiendo la empresa introducir una modificación unilateral de este contenido en los contratos a su exclusiva conveniencia», explicó la comisión obrera.
«La sentencia dictada por la Audiencia Nacional no es definitiva y todavía es posible que Digitex introduzca un recurso de casación ante el Tribunal Supremo»
En la demanda, la defensa de la CCOO argumentó que estas cláusulas prescinden del requisito de voluntariedad, culpabilidad y gravedad que ha de considerarse para examinar un bajo rendimiento y en muchas ocasiones el éxito de la venta depende de un factor aleatorio ajeno al correcto desempeño de la prestación.
SIN ELEMENTOS CLAROS PARA EL DESPIDO
La sentencia dictada por la Audiencia Nacional no es definitiva y todavía es posible que Digitex introduzca un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Para la Audiencia Nacional, la cláusula prescinde de aquellos elementos subjetivos u objetivos que han podido incidir en la falta de rendimiento del trabajo.
La adopción de esta medida venía motivada por la necesidad empresarial de homogeneizar el proceso de medición de los resultados de cada uno de sus servicios y una gestión más eficiente de los recursos humanos asociados a los mismos.
CCOO AVALA PLAN DE IGUALDAD
Por otro lado, la CCOO informó que firmó el primer Plan de Igualdad del Banco de España, un texto que fue «el resultado de un largo y difícil proceso de negociación en el que CCOO ha sido siempre un elemento dinamizador».
El plan fue avalado por CCOO junto con el resto de las organizaciones sindicales con representación en la entidad e integra la perspectiva de género en la cultura organizacional.
El texto recoge medidas encaminadas a sensibilizar y formar a todos los niveles de la organización en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación, conciliación y prevención del acoso sexual.
También, establece el uso de un modelo de comunicación no sexista, asegura que quienes disfrutan de medidas de conciliación puedan acceder a la información y formación en las mismas condiciones y con las mismas oportunidades que el resto de la plantilla, entre otros elementos que fueron incluidos en el plan.
La CCOO informó que también se ha aprobado también un protocolo contra el acoso sexual, por razón de sexo y por razón de orientación sexual. «En el futuro queda por delante el trabajo de la puesta en marcha de este plan, su implementación, así como el seguimiento y la evaluación de los compromisos adquiridos. Un proceso en el que CCOO continuará profundamente implicado», aseguró el sindicato.