La Reforma Laboral ha traído consigo muchas novedades en el entorno empresarial. A pesar de que entró en vigor a principios de 2022, son muchas las dudas que aún surgen relativas a los tipos de contratos.
Antes de la Reforma Laboral, tal y como detallaba el Servicio Público de Empleo Estatal, existían las siguientes modalidades: indefinidos, temporales, formación y aprendizaje y prácticas.
El objetivo de la reforma ha sido limitar la temporalidad e incentivar la contratación indefinida. Por ello, con la Reforma Laboral ha habido un pequeño gran cambio que altera la definición de cada uno de estos contratos. Actualmente y, mientras no haya modificaciones, en España existen 4 tipos de contratos: indefinido, temporal, fijo-discontinuo y formativo.
El contrato que más ha crecido tras la Reforma Laboral, el indefinido
Si bien el contrato indefinido antes de la Reforma Laboral se utilizaba para hacer fijos a trabajadores que ya llevaban un tiempo en la empresa, ahora se convierte en el contrato por defecto. Esto quiere decir que, de forma generalizada, la modalidad para que una empresa contrate a un nuevo trabajador es hacerlo indefinido desde el principio.
Los contratos indefinidos, como su propio nombre indica, son aquellos contratos de trabajo en los que no se establecen límites de tiempo en la prestación de los servicios, es decir, no se establece una duración del contrato. Los contratos indefinidos ofrecen, por lo tanto, estabilidad, compromiso y buenas condiciones laborales.
¿Qué ha sucedido con los contratos temporales?
Los contratos temporales son los más adecuados para incorporar a un trabajador por un tiempo determinado. Antes de la Reforma Laboral, era una de las modalidades contractuales más usadas y los trabajadores podían encadenar varios contratos temporales en una misma empresa antes de ser indefinidos.
Esta consecuencia, que generaba mucha incertidumbre a los trabajadores, ha propiciado el objetivo de mejorar la estabilidad de los trabajadores por cuenta ajena. De esta forma, en la actualidad, los contratos temporales solo podrán realizarse bajo causas justificadas que deben especificarse con precisión en los contratos y que son las siguientes.
Se podrán llevar a cabo contratos temporales eventuales por circunstancias de la producción, cuando se produzcan oscilaciones de la actividad normal del puesto de trabajo y la duración no podrá ser superior a 6 meses, ampliable a 1 año por convenio del sector.
La otra posibilidad de hacer contratos temporales es por sustitución de la persona trabajadora. Deberá especificarse la persona a la que se está cubriendo, la cual tendrá derecho a una reserva de su puesto de trabajo mientras dure su cese.
El contrato fijo discontinuo se convierte en el más usado para trabajos estacionales
El contrato de trabajo fijo discontinuo es, por naturaleza, de carácter indefinido y está orientado a aquellas actividades laborales que se llevan a cabo de forma intermitente en el tiempo. Un ejemplo de esto son los trabajos de naturaleza estacional o de temporada.
Suelen usarse con frecuencia en empresas de trabajo temporal (ETT), en contratas y subcontratas mercantiles o administrativas.
Los contratos formativos, perfectos para reducir el paro juvenil
Uno de los motivos que impulsó la Reforma Laboral fue las amplias tasas de paro juvenil en el país. En comparación con otros países de Europa en mayo de 2022, en España el 29,6 % de los jóvenes menores de 25 años se encontraba en situación de desempleo. En contraposición se encontraban otros países como Alemania, en el que el desempleo de jóvenes en mayo de 2022 era del 5,5 %, o Francia, que tenía una tasa del 16,3 %.
Con el objetivo de reducir la tasa de desempleo juvenil en España, la Reforma Laboral ha mejorado las condiciones de los contratos de formación, incrementando las ventajas para empresas y trabajadores. Los contratos formativos vigentes actualmente son dos, los contratos de formación en alternancia con el empleo y los contratos para la práctica profesional.
Los contratos de formación en alternancia, los más económicos
Los contratos de formación en alternancia son aquellos en los que el trabajador combina tareas formativas junto con una actividad laboral retribuida. El objetivo es proporcionar cualificación a los trabajadores mediante la teoría y la práctica.
Los contratos de formación en alternancia son considerados los más económicos por las bonificaciones con las que cuenta. En primer lugar, tienen un coste de 0 € en seguros sociales y una bonificación en concepto de tutorización de hasta 80 € al mes para la empresa. La formación es totalmente gratuita, por lo que no suponen ningún coste ni para la empresa ni para el empleado. Por último, otra de las bonificaciones más destacadas es que si la empresa convierte un contrato de formación en un contrato indefinido, se puede bonificar hasta 1.800 €.
La duración de estos contratos es de mínimo 3 meses y máximo de 2 años y el tiempo se reparte semanalmente durante el primer año en 26 h de trabajo y 14 h de formación y durante el segundo año, 34 h de trabajo y 6 h de formación.
En cuanto al salario, será proporcional a las horas de trabajo realizadas y se regirá según lo estipulado en el Convenio Colectivo o el Salario Mínimo Interprofesional.
Los contratos de prácticas, perfectos para empezar en una empresa
Los contratos para la práctica profesional permiten adquirir una amplia experiencia al desempeñar labores adecuadas al nivel de estudios del trabajador.
El contrato de prácticas es perfecto para aquellos que cuentan con título universitario, máster profesional, estudios de Formación Profesional o título de grado medio o superior.
Para estos casos, la retribución será la contemplada en el convenio. De no ser así, se aplicará la del grupo profesional y nivel de retribución correspondiente a las funciones desempeñadas.
¿Cuál es el contrato más recomendable en 2022 y 2023?
Para responder esta pregunta lo mejor es consultar a expertos del sector.
Para Mediterránea Business School, escuela de negocios online referente en España y Latinoamérica, cada contrato es recomendable según las circunstancias de la empresa y del trabajador.
No existe un contrato que sea recomendable para la mayoría de las ocasiones. Por norma general, con la Reforma Laboral se ha establecido que el contrato genérico para la gran mayoría de los casos sea el contrato indefinido. En este sentido, podría decirse que el contrato más recomendable es este, porque con otros como los temporales se corre el riesgo de incumplimiento de los requisitos.
Por otro lado, otro de los contratos que está en auge es el contrato de formación en alternancia. Este contrato está siendo cada vez más demandado por las empresas, ya que permite incorporar una plantilla joven con muchas ganas de trabajar y seguir formándose y es el que permite un mayor ahorro para la empresa.
Muchos de los alumnos de Mediterránea Business School, tras terminar su formación, son incorporados a empresas mediante estos contratos formativos. Para ello es necesario que el contrato se realice con un centro de formación. En el caso de los alumnos de Mediterránea Business School, el centro de formación tramitador de estos contratos y encargado de elaborar la formación adaptada a las necesidades de la empresa y trabajador, es Edutedis Formación.
Edutedis cuenta con una trayectoria de más de 40 años en el sector de la formación, lo que lo convierte en centro referente a nivel nacional para la tramitación de estos contratos.
Desde Mediterránea Business School recomiendan los contratos de formación en alternancia para aquellas empresas que quieran ampliar plantilla incorporando talento joven y ahorrarse los máximos costes posibles.