¿Sabías que la Agencia Tributaria también juega en los casinos?

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La Agencia Tributaria también ingresa unos importantes beneficios a través de los juegos de azar. No únicamente porque un determinado premio quede huérfano de ganadores (como sucede en la afamada Lotería de Navidad) sino porque todas las personas ganadoras deben tributar por estos ingresos, y no nos estamos refiriendo a los afortunados de los juegos de azar, sino a aquellos que rebuscan en estadísticas, hacen sus cábalas o se fían de una corazonada a la hora de hacer un pronóstico deportivo o darse una vuelta por alguno de los casinos en vivo y tener la suerte de cara al hacer girar la ruleta o demostrar sus conocimientos en algún juego de naipes.

Las ganancias que obtienen estos jugadores (sean o no profesionales) también deben incluirse en su Declaración de la Renta, tan propia de estos próximos meses. De la misma manera, en esta forma normativa de ponerse en cuentas con el Estado de España, el jugador deberá también registras sus posibles pérdidas económicas. Esta tributación, y sus baremos, hacen que muchos jugadores profesionales emigren a otros países (Gran Bretaña y Malta, fundamentalmente) en donde encuentran una tributación más benévola con sus intereses económicos. Obviamente, a una persona que no se dedica al juego de manera profesional no le sale a cuenta convertirse en un inmigrante.

¿Cómo se tributa?

El juego en España es completamente legal y está regulado normativamente a través de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), que depende del Ministerio de Consumo. En consecuencia, al ser el juego una actividad legal, tanto empresas del sector como jugadores deben declarar sus ingresos y pérdidas ante el máximo organismo económico de España. ¿Y qué normativa hay establecida? A grandes rasgos (siempre es recomendable consultar con un gestor), la legislación establece que todos los jugadores que obtengan anualmente unos beneficios superiores a los 1.600 euros deberán computarlos en su casilla de beneficios patrimoniales. O cuando sus ingresos patrimoniales superen los 22.000 euros anuales y sus ganancias del juego rebasen los 1.000 euros. Son los dos supuestos.

Salvo excepciones y el caso de jugadores de carácter profesional, la Agencia Tributaria establece una tributación por ganancias en premios que oscila desde un mínimo del 19% hasta un máximo de un 45%, el cual, como imaginan, es aplicable a aquellas personas que hacen del juego una profesión. Ahora, a buen seguro, que entenderán el motivo de instalarse en paraísos fiscales como lugar de residencia.

Más allá de valoraciones personales acerca de esta normativa, esa misma ley indica que saltarse estas obligaciones patrimoniales serán sancionables (siempre y cuando lo estime una resolución) con el 50% de los ingresos percibidos. Y esto es el mínimo de sanción, puesto que en algunos casos se puede alcanzar el 100% de las ganancias. Asimismo, esa persona sancionada deberá acatar cualquier otra sanción por no presentar sus cuentas en su Declaración de la Renta. En consecuencia, es más recomendable conocer esta casilla ‘G1 del modelo 100 del IRPF’ y saldar cuentas con el fisco, el cual también gana en los casinos sin necesidad de adentrarse en ellos, puesto que las empresas del sector también deben presentar sus ingresos patrimoniales, aunque esto, como entenderán, es otro debate tan interesante como controvertido al existir los paraísos fiscales.