sábado, 14 diciembre 2024

¿Qué es el IRPF?

“Este año habrá una subida del IRPF a las rentas más altas”, ha sido uno de los titulares más comentados de este 2021. Pero, ¿qué es el IRPF? ¿de qué forma me va a afectar? ¿Qué se considera una renta alta? ¿Cómo puedo saber como me va afectar esta subida en los impuestos?

¿Qué es el IRPF?

El Impuesto sobre las Renta de Personas Físicas (IRPF) es una de las piezas básicas que hace funcionar el sistema tributario español. Por ello, resulta imprescindible entender qué es y cómo funciona. Es un impuesto que se ha pagar al Estado sin recibir ningún tipo de contraprestación a cambio. Este impuesto nace a partir del principio de que todos los ciudadanos han de contribuir en el sostenimiento de los gastos públicos a la par que se intenta favorecer a aquellas personas que se encuentran en peor situación y es por esto que es un impuesto directo, es decir que se gravan de manera directa a los ingresos de una persona es por esto que se establecen unos tramos por los que el impuesto será más elevado o menos. Así aparece en la Constitución Española en su artículo 31: “sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”.

Durante el 2020 los tramos del IRPF se mantuvieron intactos, algo que no ocurrirá de cara a la próxima declaración de la renta del año 2021, ya que el Gobierno aplicó una reforma con un incremento de dos puntos para las rentas que superen los 300.000 euros. Este impuesto pretende adaptarse a la circunstancias personales y familiares de las personas es por eso que el Gobierno ha decido realizar una subida del impuesto que afectará a 16.740 contribuyentes subiéndoles a esta personas de un 45% a un 47%.

 En 2020 los tramos fueron los siguientes:

  • Primer tramo: Desde 0 euros hasta 12.450 euros – 19%
  • Segundo tramo: Desde 12.450 euros a 20.200 euros – 24%
  • Tercer tramo: Desde 20.200 euros a 35.200 euros – 30%
  • Cuarto tramo: Desde 35.200 euros a 60.000 euros – 37%
  • Quinto tramo: Más de 60.000 euros – 45%

Estos cálculos se obtienen a partir de la renta del ejercicio que tiene varios componentes. Por un lado, encontramos los rendimientos del trabajo, que se basa principalmente en los salarios, pero también existen otro tipo de rentas como las pensiones. A su par se gravan también los rendimientos de los capitales que tiene una persona que generalmente promueven de inmuebles y ahorros. También se gravan las ganancias que se producen del patrimonio personal.

¿Quién tiene que pagarlo?

Tienen que pagar este impuesto las personas físicas que residen en España. Es decir, los extranjeros que residen de forma habitual en el país sí tienen que pagarlo, pero los españoles que viven en el extranjero no.  De todas formas, hay rentas que no se deben declarar por estar exentas. Normalmente se trata de rentas que o bien están sujetas a otros impuestos o porque la ley estable que se declaran en otro momento distinto al que se obtienen.

De hecho, este impuesto se paga si la persona tiene que realizar la declaración de la Renta. Esta solo hay que presentarla si se superan una serie de límites. Por lo que aquellas personas que solo han tenido un pagador y sus ingresos han sido inferiores a los 22.00 euros brutos anuales están eximidos de hacer la declaración de la renta, pero pueden hacerla si así lo desean. También están exentos de hacer la declaración de la renta si se han tenido dos o más pagadores pero los ingresos han sido inferiores a 14.000 euros. Tampoco habrá que realizarla si han recibido pensiones compensatorias del cónyuge, anualidades por alimentos no exentas, rendimientos del trabajo sujetos a un tipo fijo de tención o el pagador no está obligado a cotizar, en este caso el límite esta en 14.000 euros.

Características del IRPF

Se dice que es un tipo de impuesto progresivo porque funciona de esta manera, como ya hemos visto por los tramos que hemos presentado anteriormente, es que a más dinero se gana mayor es la cuantía monetaria que se habrá de asumir. En resumen, cuánto más se gana, más impuesto hay que pagar. Para realizar este cálculo, la Administración emplea los tipos impositivos vistos anteriormente y según el nivel que haya obtenido el ciudadano ese año natural.

Otra de las características principales del IRPF es que es un impuesto que afecta de una forma diferente a cada ciudadano como persona.

También es importante saber, que tal y como está establecido en la legislación española, la gestión de este tributo recae de manera parcial en las comunidades autónomas. Esto quiere decir que según en la Comunidad Autónoma en la que se declaré hay diferencias en las desgravaciones y los que se aplican, pero es más o menos parecido. Si que es cierto que tienen un tratamiento especial las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Y en las provincias, de Guipúzcoa, Vizcaya, Álava y Navarra existe un régimen propio.

¿Cómo se paga el IRPF?

Una vez hecha la declaración de renta hay pagar la cantidad correspondiente, aunque no siempre tiene porqué salir a pagar. Para no pagar todo el impuesto de golpe hay normas que exigen a los pagadores de las rentas que retengan determinadas cantidades a cuenta de IRPF que les corresponda pagar a los cobradores de estas rentas.

Beneficios fiscales y deducciones en el IRPF

La desgravación es el método contable mediante el cual es posible reducir una cantidad a tributar de forma legal. Hay diversas formas de desgravar según cada impuesto. Gracias a estas reducciones se puede hacer que la carga impuestos que padezca dicho individuo sea menor si se cumple con una serie de condiciones estipuladas en la ley tributaria.

Existen distintas causas que conforman las medidas de desgravación, estas medidas se consideran que funcionan como un incentivo fiscal hacia la sociedad. Es decir, hay una serie de incentivos que pueden rebajar el impuesto a pagar.  Algunas de las más comunes son la reducción por tributación conjunta, reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social o reducciones por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos. Entre las más importantes podemos encontrar los planes de pensiones o las donaciones a Organizaciones Sin Ánimo de Lucro (ONG).

  • Planes de pensiones: Al realizar la declaración de la renta estos aparecen como rendimientos de trabajo, por lo que las aportaciones que se realizan a este disminuyen la base imponible. Por ejemplo, una persona que invierte en su plan de pensiones 5.000 euros será como si hubiera ganado 5.000 euros menos, y se ahorra los impuestos proporcionales a esta cuantía. De todas formas, el máximo a invertir permito en este tipo de productos bancarios es de 8.000 euros en 2020. Pero, está cantidad será reducida hasta los 2.000 euros para de planes de pensiones individuales, por lo que una persona no podrá desgravarse más de esta cantidad. 
  • Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación: Los contribuyentes que realizan actividades económicas pueden deducirse el 30% de las cantidades satisfechas en el periodo por la suscripción de acción. La base máxima serán 60.000 euros anuales.
  • Deducción por maternidad: Las madres con hijos menores de tres años pueden deducirse hasta 1.200 euros pudiendo incrementar está deducción en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente satisfaga gastos de custodia en guarderías.
  • Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a su cargo: Se puede deducir hasta 1.200 euros por cada descendiente o familiar con discapacidad a cargo.  También hay una deducción de 2.400 euros para numerosas. Al ser familia monoparental y con dos hijos se puede tener una deducción de 1.200 euros.
  • Desgravar la hipoteca de una vivienda: Para poder deducirse este gasto hay que cumplir una serie de requisitos. El más importante es que solo puedes desgravarse el crédito hipotecario de los propietarios de viviendas que firmaron sus hipotecas antes del 1 de enero de 2013 y que ya hayan aplicado la desgravación en rentras a previas a ese año. Si este requisito se cumple, los beneficiarios se pueden desgravar hasta un máximo de un 15% de lo que hayan pagado durante 2020, con una base máxima de 9.040 euros.
  • Aportaciones y cuotas a partidos políticos, sindicatos y colegios profesionales: Aquellas personas que hayan aportado dinero a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones electorales podrán desgravarse hasta 600 euros anuales.  Las cuotas a sindicatos podrán desgravarse entre un 20 y un 35% y las cuotas a colegios profesionales pueden desgravarse en un máximo de 500 euros.
  • Deducción por alquiler de vivienda: Este tipo de deducción estatal se puede aplicar para contratos firmados antes del 2015. Aunque, en muchas comunidades autónomas siguen vigentes deducciones autonómicas.
  • Deducciones autonómicas: Cada comunidad autónoma aplica sus propias deducciones. Algunos gastos a desgravar son por ejemplo el material escolar, ayudas domésticas, la adopción de hijos, cuidado de personas dependientes o inversiones realizadas en la vivienda.
  • Donativos a ONG: Dan derecho a la deducción los donativos, donaciones y aportaciones realizados por el contribuyente a cualquier entidad con la forma jurídica de Fundación o Asociación. Los contribuyentes podrán deducirse de la cuota íntegra de su declaración de la renta el 75% sobre los primeros 150 euros donados, considerando en total. Lo que se exceda de 150 euros disfruta de una deducción del 30%. Y si el contribuyente ha realizado una aportación igual o superior a la de los dos anteriores a una misma ONG, ese porcentaje asciende al 30% y al 35%.

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