
Si ser madre nunca es sencillo, la cosa se complica todavía más si la mujer es una autónoma. Por suerte, la protección a las futuras madres y a las que ya han tenido a su hijo ha mejorado en los últimos años. Aún así, todavía son muchas las que desconocen los derechos de la autónoma embarazada.
Estos se extienden desde el principio de la gestación hasta el parto, e incluso después del nacimiento del bebé. Y, por supuesto, también se reconocen los derechos relacionados con la baja maternal a aquellas autónomas que hayan adoptado un hijo o lo tengan en acogida.
5Prestación por maternidad de las autónomas

Mientras dure la situación de baja por maternidad la autónoma percibirá como prestación el 100% de su base reguladora. Si se paga la cuota mínima, la prestación está en torno a los 940 euros al mes. Por el contrario, si se paga la cuota máxima, la prestación es de unos 1.240 euros mensuales.
Por lo que respecta a la cuota de cotización a la Seguridad Social, mientras se mantenga la baja por maternidad se aplica una exención total de la cotización. Esto quiere decir que la autónoma no tendrá que pagar nada. Las mismas prestaciones se reconocen para los autónomos que han sido padres.