domingo, 4 mayo 2025

La nueva ley de la eutanasia entre en vigor: requisitos y cómo se aplica

El Congreso aprobó el pasado 18 de marzo de 2021 la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia y desde hoy ya es una realidad y se puede solicitar. Y es que se dio un plazo de tres meses a las comunidades autónomas para la creación de las comisiones de garantía y evaluación, que serán los órganos encargados de supervisar cada caso y autorizar o no la prestación. Vamos a ver esos requisitos y cómo se aplicará.

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Pero hoy no estará disponible en toda España porque ha habido cinco comunidades que todavía no han creado esas comisiones. Hablamos de Andalucía, Galicia, La Rioja, Madrid y Navarra. Y luego está el caso de Castilla y León, que han apurado hasta el último momento. Además, esas comisiones creadas han estado rodeadas de polémica. Y es que buena parte del espectro político, encabezado por PP y Vox, son contrarios a esta ley.

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El médico, protagonista

Paso 3: Tras la firma del consentimiento informado, el médico principal (médico responsable) debe ponerse en contacto con un segundo médico (médico consultor), sin relación con él ni con la persona solicitante, que debe evaluar si la petición cumple con los requisitos previstos por la ley.

Paso 4 y 5: El médico consultor se entrevista con la persona solicitante y debe emitir un informe (favorable o desfavorable) en un máximo de 10 días, que se incorporará a la historia clínica. Si ambos médicos coinciden en que la petición de eutanasia se ajusta a lo previsto por la ley, el médico responsable remite un informe con toda la información a la presidencia de la Comisión de Garantías y Evaluación (CGE) autonómica.


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