La compañía de seguros de defensa jurídica Arag se posiciona como una de las garantizadoras del alquiler más populares en España, y son muchos los propietarios que contratan su servicio de Seguro de Impago del Alquiler para protegerse frente a un posible inquilino moroso o un caso de ocupación ilegal.
Pues bien, al igual que ocurre en otras compañías, la letra pequeña del contrato genera desamparo en algunos propietarios. Por una cuota anual, Arag ofrece una cobertura de las mensualidades impagadas, cobertura de deudas de suministros del inquilino moroso, indemnización por actos vandálicos, así como los gastos de cerrajero y cerradura.
Pero existen ciertos supuestos en los que la garantizadora se exime de cubrir estos gastos. Así, en el caso de que el propietario declare el siniestro una vez que la vivienda esté vacía, la cosa cambia.
Según ha podido saber MERCA2, un inquilino que, ante la negativa de su casero de devolverle la fianza por incumplir el plazo de preaviso y el impago de suministros, decidió llevar a cabo numerosos actos vandálicos en la vivienda.
Pues bien, el propietario lo puso en conocimiento de Arag y recibió la siguiente respuesta: “Una vez recibida la documentación, solicitaremos la intervención de un perito para tasar los daños. Precisan copia de las facturas de suministros pendientes de abono. Se puede reclamar tanto los daños, las deudas y la penalización por no preavisar con antelación”. Hasta aquí todo normal.
«COBRARÁ CUANDO PAGUE EL MOROSO»
La parte que el casero no se esperaba es cuando la compañía le explica: “le recordamos que al haber declarado el siniestro encontrándose la vivienda vacía, Arag abonará todos los gastos de abogado, notario, perito y procurador. Pero no procederá al adelanto de rentas ni actos vandálicos. Usted percibirá dichos importes cuando los podamos recobrar de su anterior inquilino”.
Según estas afirmaciones, el propietario solo recuperará su dinero en caso de que el inquilino acceda a solventar sus deudas. Una posibilidad que, a simple vista, parece que sea casi improbable que se produzca. Se trata de esperar la buena fe de alguien que ha optado por no cumplir con su obligación de pago y ha generado gastos al casero tras los destrozos en la vivienda.
Por su parte, desde Arag explican a este medio que el adelanto de rentas se realiza en el momento en el que se pone la demanda para ir a desahucio, una vez agotada la vía amistosa. “En ese momento se pagan las rentas con efecto retroactivo, sin tener en cuenta el primer mes de franquicia que tiene el seguro. A partir de ahí, se pagarán las rentas mes a mes, mientras dure el proceso, hasta llegar al desahucio o hasta llegar al máximo de meses de adelanto contratados (12, 9 o 6). Por lo tanto, no tenemos que esperar a que el inquilino pague lo que debe para poder iniciar ese adelanto de rentas, pero es necesario que el propietario nos informe en los 45 primeros días desde el primer impago para no perder la cobertura”.
Otro de los temas espinosos en el Seguro de Impago del Alquiler es la cuantía máxima para cubrir los destrozos en el hogar, 3.000 euros. Desde Arag apuntan que esta cobertura se abona una vez recuperada la vivienda “en caso de que hayamos tramitado un desahucio y haya daños al continente de la vivienda. Se dará la indemnización que se establezca después de peritaje y teniendo en cuenta el límite máximo y la franquicia de 300 euros”.
Sin embargo, dentro del mercado de las empresas garantizadoras del alquiler, cada una ofrece unas coberturas. DAS, otra de las compañías más contratadas en España, ha explicado a este medio que “el propietario estaría cubierto por DAS 6 meses de impago de cuotas, y lo que se le hace, además, es la reclamación y la demanda a través de un abogado DAS (hasta 10.000 euros) o de libre elección del propietario en la que DAS cubre hasta 6.000 euros en gastos de demandas y honorarios del abogado. Si luego gana el juicio, el propietario recupera lo que dictamina el juez”.
MIEDO AL IMPAGO Y LOS DESTROZOS
Dos de los principales temores de los pequeños propietarios es cómo quedará su vivienda cuando se haya marchado el inquilino, y tener la mala suerte de toparse con un inquilino moroso.
Más del 90% del parque de viviendas de alquiler está en manos de pequeños propietarios en España y, aunque les preocupa el intervencionismo del Estado, la okupación ilegal de viviendas o los límites al precio de los alquileres, su principal temor es tener un inquilino deudor y no pueda desahuciarlo o que destroce la casa, según el informe ‘Radiografía del arrendador en España. ¿Cómo afectarían las medidas intervencionistas en el mercado del alquiler?‘, realizado por Fotocasa y la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA).
Pues bien, el 75% de estos caseros aceptarían medidas intervencionistas de los alquileres si, a cambio, se agilizasen los procesos de desahucios para recuperar las viviendas lo antes posible.