Estos son los requisitos que debes cumplir para acceder a las ayudas directas

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Después de un año de crisis y semanas de incertidumbre, el pasado 12 de marzo por fin se aprobó el Real Decreto Ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial. Norma que recoge las tan esperadas ayudas directas para los autónomos. Un total de 11.000 millones de euros que se van a repartir en diferentes subvenciones.

Sin embargo, no todos los profesionales dados de alta en el RETA se van a poder acoger a ellas. La norma recoge un total de 95 actividades que pueden solicitar estas ayudas, pero deja fuera a sectores también muy afectados como las academias de formación o las peluquerías. Esto ha hecho que el paquete de ayudas no haya sido tan bien recibido entre el colectivo de los autónomos como hubiera sido de esperar.

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¿Quiénes son los destinatarios de las ayudas directas?

El requisito general indica que pueden acceder a ella las empresas no financieras y los autónomos más afectados por la pandemia, siempre que tengan en España su domicilio fiscal. También pueden acceder las entidades no residentes y no financieras que operen en nuestro país. Además, la norma establece luego una serie de requisitos más específicos para regular el acceso.

Es fundamental pertenecer a algunas de las 95 actividades que se reconocen como beneficiarias de las ayudas directas. Y esto ha generado un conflicto, porque la norma ha dejado fuera a sectores muy afectados por la crisis, como los centros de estética o las autoescuelas. Por eso, los representantes de los autónomos están exigiendo al Gobierno que haga cambios al respecto.

Entre las actividades beneficiarias están el comercio al por mayor de bebidas, el comercio al por menor de ordenadores, periféricos y programas informáticos; comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería, transporte por taxi, actividades anexas al transporte terrestre, hoteles y alojamientos similares.

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Requisitos para acceder a las ayudas

Quienes estén dentro de los sectores reconocidos como beneficiarios de las ayudas directas pueden acceder a las mismas siempre y cuando su volumen de operaciones anual en el IVA (declarado o comprobado por la Administración), u otro tributo equivalente, haya caído en 2020 más de un 30% con respecto a los datos de 2019.

Además, es necesario que los solicitantes estén al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y también de obligaciones por reintegro de subvenciones y ayudas públicas. El requisito más polémico es que para poder acceder a la ayuda tiene que tratarse de un negocio en condiciones de viabilidad.

El problema es que no ha terminado de definirse exactamente qué es un negocio en condiciones de viabilidad. Según los expertos, esto podría indicar que en la declaración del IRPF de 2019 no se haya indicado un resultado neto negativo por las actividades económicas en las que se aplicara el método de estimación directa.

Los autónomos que tributen por módulos y ejerzan su actividad en alguno de los sectores establecidos como beneficiarios, pueden acceder a las ayudas directas con independencia e su volumen de facturación.

Por último, hay que tener en cuenta que quienes reciban las ayudas se comprometerán a mantener su actividad hasta junio del año 2022.

¿Cuál es el importe de las ayudas directas?

Los autónomos en régimen de estimación objetiva (por módulos) solo podrán recibir un máximo de 3.000 euros en concepto de ayuda directa. Por su parte, los autónomos y empresarios que no tributen en módulos pueden acceder a ayudas de entre 4.000 y 200.000 euros. La cuantía exacta se determinará en función de la caída del volumen de facturación.

Tratándose de autónomos o empresarios en estimación directa y que tengan menos de 10 empleados, la ayuda máxima será un 40% de la caída adicional de su volumen de operaciones en 2020 con respecto a los datos de 2019, a contar a partir del 30% de caída. Quienes tengan más de 10 empleados cobrarán hasta el 20% del importe de su caída de facturación que supere el 30%.

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Presentación de solicitudes para la ayuda directa

Este tema todavía no ha sido aclarado del todo. Lo que sabemos es que de la gestión se van a encargar las Comunidades Autónomas, pero no todas ellas van a recibir los mismos fondos. La idea es dividir el importe total de ayudas en dos fondos. Lo que sí parece claro es que los autónomos no tendrán que presentar ningún dato, será la propia Administración Tributaria la que aporte la información a la encargada de entregar las ayudas directas.

Por el momento se sabe poco más sobre cómo habrá que hacer el trámite de solicitud, pero sí se ha dejado claro que no se entregarán más ayudas de este plan una vez sobrepasada la fecha de 31 de diciembre de 2021. Aunque esto podría no ser un problema, ya que la mayoría de los autónomos y empresas van a pedir las ayudas en cuanto se abra el plazo de presentación de solicitudes.

¿En qué se puede gastar el dinero?

Estas ayudas directas son finalistas. Esto quiere decir que el beneficiario no puede gastar el dinero como le dé la gana, sino que tiene que destinarlo a alguna de las finalidades recogidas en la norma que aprueba las ayudas.

El dinero debe destinarse, en primer lugar, al pago a proveedores. También al pago a los trabajadores por cuenta propia y otros acreedores, ya sean financieros o no financieros. Otra opción es dedicar las ayudas al pago de gastos fijos devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, siempre que procedan de contratos celebrados antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley que aprueba las ayudas.

Como viene siendo habitual en estos casos, la Administración se encargará de comprobar que el dinero se está destinando efectivamente a algunas de las finalidades previstas legalmente. En caso de no ser así, se podrán tomar medidas contra los autónomos y empresarios que estén cometiendo un fraude. Hacienda se encargará, además, de vigilar que las caídas en la facturación son reales.

Las ayudas directas suponen un balón de oxígeno para muchos autónomos, pero hay muchos sectores que han quedado fuera de las mismas, por lo que se espera que en las próximas semanas pueda haber algunos cambios en la regulación.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.