Seguros para propietarios de locales

Los profesionales del sector asegurador constatan a diario que, en España, gran número de locales comerciales tienen un infraseguro, están asegurados parcialmente o, directamente, no disponen de ningún tipo de seguro.

En cualquier caso, sus propietarios están corriendo un riesgo permanente y serio. Porque un siniestro puede producirse sin importar si el local está ocupado o no. Y si la responsabilidad del mismo es atribuible a la propiedad, este hecho tendrá consecuencias económicas, e incluso penales.

Por tanto, analizaremos en qué consisten los Seguros para locales alquilados, y los seguros para locales sin actividad.

Seguro del propietario

El propietario del local tiene que asegurar todo el continente (estructura y partes fijas inamovibles del local), además del contenido de su propiedad, si es que lo hubiese.

Muchos propietarios piensan que este seguro no es necesario cuando el local está asegurado ya por el inquilino. Y esto es un error.

Veámoslo con un ejemplo: el local tiene una marquesina o cornisa propia, esta cede y cae sobre un transeúnte, hiriéndolo de gravedad. Los gastos de hospitalización e indemnización no serán exigibles al inquilino, sino al dueño del local. Lo que podría significar su ruina, especialmente en caso de fallecimiento del herido.

Segundo ejemplo: se produce un incendio en el local por la noche, debido a un cortocircuito en la instalación eléctrica original del local, que no ha sido modificada por el inquilino. El incendio se extiende al resto del edificio. Pues bien, el propietario debería afrontar los gastos de reparación, y los daños personales causados, incluyendo los de su inquilino.

El propietario del local debe asegurarlo también, independientemente de que exista un seguro contratado por el inquilino.

Seguro del inquilino del local

Igualmente, el inquilino debe contratar un seguro obligatorio de comercio o empresa, que cubrirá cualquier siniestro que sea causado por el ejercicio de su actividad. En este seguro se incluyen, por ejemplo, daños por caídas dentro del local, incendios provocados por cocinas o maquinaria, y perjuicios causados a terceros por un servicio profesional negligente.

Opcionalmente, podrá ampliarlo con más opciones, como un seguro de robos y atracos.

Los locales sin actividad o vacíos también deben asegurarse

Nadie está libre de que en un local vacío se produzca una chispa que origine un incendio, o una rotura en una tubería que anegue trasteros, garajes o locales situados en la planta inferior aún. El caso de la marquesina comentado anteriormente es igualmente válido.

O peor aún: porque el auge del denominado “fenómeno okupa”, abre la puerta a que cualquier indeseable sin identificar provoque un incendio en un local vacío, con consecuencias imprevisibles. En todos estos casos, la responsabilidad económica de los daños causados recaerá sobre el propietario del inmueble, aunque este esté vacío y sin actividad.

La buena noticia es que todas las compañías aseguradoras disponen de un seguro muy económico para estos casos. Puede consultarse información detallada en este enlace: Seguro local sin actividad.

En resumen, cualquier propietario de un local debe cubrirse las espaldas ante un posible siniestro, sin importar si el local está o no ocupado. El seguro del inquilino no cubre las posibles responsabilidades del dueño del inmueble. Y el seguro del propietario tampoco cubre las del inquilino.