El sector turístico vuelve a tener problemas, en concreto las aerolíneas. El año pasado y con motivo de la pandemia del covid-19, se vieron obligadas a devolver millones de euros a sus pasajeros por los vuelos cancelados. Algunas conseguían tener en verano -tres meses después- los deberes hechos, otras siguen en ello.
Pero 2021 tampoco ha empezado con buen pie. El temporal Filomena obligó a cancelar centenares de vuelos en España con origen o destino Madrid durante el fin de semana del 8 al 10 de enero, sobre todo el primer día, el viernes. Pero también algunas compañías aéreas se han excusado en la nieve y las heladas para no indemnizar a sus clientes.
Según explican desde la plataforma Reclamación de Vuelos, miles de pasajeros afectados por la cancelación de sus vuelos han recibido el siguiente mensaje: «Debido a la naturaleza del evento, la aerolínea no pudo evitar la incidencia, ya que fue causada por circunstancias impredecibles e inevitables, todas ellas fuera del control efectivo de la compañía. Por lo tanto, la aerolínea no pudo aplicar ninguna medida adicional para intentar minimizar los inconvenientes».
Sin embargo, el 40% del total de pasajeros que han contactado con ellos para reclamar, aseguran que su vuelo no debería haberse cancelado. Entre los muchos comentarios de los afectados se repite el de que “los demás volaron sin ningún problema”. Así que el debate se ha vuelto a poner encima de la mesa.
¿DEBEN INDEMNIZAR?
Según explican desde Reclamación de Vuelos, es cierto que el aeropuerto más concurrido del país, el Adolfo Suárez Madrid-Barajas en Madrid, se vio obligado a cerrar el pasado fin de semana debido a las condiciones climáticas adversas, y en consecuencia miles de vuelos fueron y siguen siendo cancelados a día de hoy. También lo es que la tormenta Filomena -y sus fuertes nevadas- han sido el principal motivo de cancelación.
Pero no fue el único, otros aeropuertos, por ejemplo, los de las Islas Canarias también se vieron afectados por el temporal, aunque en su caso por los fuertes vientos que en muchos casos dieron lugar a cancelaciones de vuelos o retrasos de los mismos, explican desde Reclamador.
Ante esta situación, las dos plataformas recuerdan a los pasajeros que, en todos los casos, cuando una aerolínea cancela un vuelo está obligada a hacer el reembolso del billete o buscar una alternativa de vuelo. También las cancelaciones de vuelos por Filomena dan derecho a reembolso, pero no a indemnización.
¿A QUÉ ESTÁ OBLIGADA LA AEROLÍNEA?
Legalmente, las aerolíneas están obligadas como mínimo a devolver al pasajero el coste del billete cancelado. No obstante, si el pasajero está de acuerdo, la compañía aérea puede reubicarle en otro vuelo o cambiar su billete por un bono canjeable en un futuro.
Pero no tendrán derecho a indemnización si se demuestra que el tiempo era claramente adverso en ese momento, porque esto se considera una circunstancia extraordinaria o de fuerza mayor y, por ello, no es posible solicitar a la compañía aérea una compensación económica. Resumiendo, el cierre del aeropuerto o la cancelación de vuelos por las condiciones climáticas adversas son circunstancias ajenas a las aerolíneas.
Pero no por ello, las aerolíneas dejan de estar obligadas a ofrecer asistencia a sus pasajeros. Si lo están y deben ofrecer comidas y bebidas, así como facilitar la comunicación vía telefónica o similar.
De la misma forma, pese a ser una situación extraordinaria, están obligadas a facilitar alojamiento a sus viajeros, así como transporte hasta dicho alojamiento y posteriormente la vuelta al aeropuerto, si bien, aquí, nuevamente, nos encontramos con las enormes dificultades de movilidad que ha generado Filomena.
Al igual que en el propio aeropuerto, donde se ha juntado otra situación excepcional y es la escasez de restaurantes o tiendas de alimentación en los propios aeropuertos, pues con la pandemia del covid-19, muchos de estos establecimientos no han vuelto a subir la persiana.
NO SE PUEDE CULPAR AL TEMPORAL
Desde Reclamación de Vuelos se hacen eco de las quejas de los consumidores, quienes aseguran que en muchos casos las compañías aéreas alegan el temporal para justificar retrasos o cancelaciones de sus vuelos cuando no se dan tales condiciones climatológicas. Por eso hay que cerciorarse de que no es una excusa injustificada, y si lo es se puede exigir una indemnización.
Obviamente, si otros vuelos están despegando al mismo tiempo que el vuelo del pasajero afectado, esa cancelación es debido a un problema de la aerolínea y no a una circunstancia extraordinaria, por lo que sí se puede exigir una indemnización.
En los supuestos en los que se puede reclamar por la cancelación de un vuelo -que no se deba a circunstancias extraordinarias- la indemnización varía entre los 250 y los 600 euros, en función de la distancia del vuelo hasta el destino final.
Además, el pasajero puede reclamar los gastos provocados por la cancelación o que no pueda disfrutar derivados de la misma: hoteles reservados en destino o abonados durante la espera, taxis, comidas en el aeropuerto o fuera de él, excursiones perdidas, coche de alquiler…
Y si, por cualquier razón, decide no viajar porque la cancelación del vuelo provoca que el viaje deje de tener sentido, o bien, decide buscar una alternativa para llegar a su destino porque la aerolínea no le reubica en otro vuelo, se puede exigir, también, el reembolso del vuelo comprado.