sábado, 14 diciembre 2024

Casinos, bingos y casas de apuestas, entre los nuevos sectores «ultraprotegidos» por ERTE

El Gobierno ha incluido a las actividades de juegos de azar y apuestas, entre las que figuran los casinos, bingos, casas de apuestas o las administraciones de loterías, en la lista de sectores «ultraprotegidos» por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), según se recoge en el Real Decreto de apoyo a la hostelería, el turismo y el comercio publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Consejo de Ministros aprobó ayer la ampliación del número de sectores «ultraprotegidos» en el Real Decreto de defensa del empleo por el que se aprobó la prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero de 2021.

Así, entraron a formar parte de la lista de actividades cubiertas, además de las actividades de juegos de azar y apuestas, el comercio al por mayor de bebidas, los restaurantes y puestos de comidas, las actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales y los establecimientos de bebidas.

El Real Decreto de prórroga de los ERTE que los ERTE de fuerza mayor con prórroga automática se limitarán a las empresas más afectadas por la pandemia cuya actividad se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-09) previstos en la norma.

Además, se consideraba que se engloban en esta categoría de empresas aquellas que han recuperado del ERTE a menos del 65% de los trabajadores y que tienen en un CNAE concreto a más del 15% de personas reguladas del total de afiliados al Régimen General.

Las empresas recogidas en esta lista están exoneradas de pagar parte de las cotizaciones sociales devengadas en diciembre de 2020 y enero de 2021 gracias a que «tendrán la mencionada consideran de sectores ultraprotegidos».

Así, tienen una reducción del 85% en sus cotizaciones sociales de estos meses si tienen menos de 50 trabajadores y del 75% si tienen más de 50 empleados.

Estas actividades se añaden a las 42 actividades publicadas en su momento, entre las que se encuentran hoteles y alojamientos similares, transporte aéreo de pasajeros, transporte marítimo o la gestión de salas de espectáculo.

La lista la completan las actividades de extracción de minerales de hierro, fabricación de explosivos, edición de periódicos, producción de metales preciosos, actividades de operadores turísticos, de agencias de viaje, reproducción de soportes grabados, transporte espacial, comercio al por mayor de cueros y pieles, alquiler de medios de transporte aéreo y otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

También se encuentran el alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico, las actividades auxiliares a las artes escénicas, el comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados, fabricación de instrumentos musicales, fabricación de artículos de bisutería y artículos similares, organización de convenciones de ferias de muestras o alquiler de cintas de video y discos.

Asimismo, se contemplaba la prórroga automática de los ERTEs por fuerza mayor para la reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial, artes gráficas y servicios relacionados con las mismas, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, tipos de transporte terrestre de pasajeros, otras actividades de impresión y artes gráficas, artes escénicas y actividades de exhibición cinematográfica.


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