El fiasco del alquiler social en Cataluña: disparará el precio y caerá la oferta

El Parlament de Cataluña vuelve a estar en el punto de mira, y esta vez por dar luz verde al decreto ley de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda, que obliga a los grandes arrendadores a ofrecer un alquiler social a los okupas que lleven más de seis meses en una vivienda sin contrato o a aquellas personas que estén afectadas por un proceso de desahucio.

Este decreto ley también pretende elevar al 40% el porcentaje de suelo destinado a vivienda de protección oficial (VPO) en las nuevas promociones y moderar los precios en la zona. Pero el sector inmobiliario no apoya la idea y alerta de que más bien va a producir el efecto contrario.

En declaraciones a MERCA2, el presidente de la AIC y del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) de Barcelona, Gerard Duelo Ferrer, asegura que se trata de una normativa “que podría lesionar gravemente la viabilidad económica de la gestión del parque privado de viviendas de alquiler”. Y lamenta que traslada a los propietarios privados la responsabilidad política de las administraciones en materia de vivienda social y su coste.

Además, critica que “no se tiene en cuenta el esfuerzo previo que están haciendo aquellos propietarios con viviendas sometidas al régimen de prórroga forzosa con alquileres por debajo del mercado”.

EFECTO REBOTE

Carlos Rentalo, ‘coach’ y mentor inmobiliario, advierte de que con esta medida intervencionista caerá la oferta y se agravará la dificultad de acceder a una vivienda. Además, supondrá un incremento del precio de la vivienda libre, cuyos compradores asumirán el sobrecoste para el promotor de construir vivienda pública obligatoria.

Por su parte, según ha informado a MERCA2 el subdirector general de donpiso, Emiliano Bermúdez, el mercado del alquiler es un sector muy tensionado y este decreto ley traerá el efecto contrario al deseado.

“Si no se protegen los derechos del propietario, se reducirá la oferta de vivienda en alquiler y generará un incremento en el precio”, explica Bermúdez. Y asegura que “no tiene lógica alguna que en este paquete de medidas urgentes se incluya la obligatoriedad de ofrecer un alquiler social incluso a personas que hayan ocupado una vivienda que no es de su propiedad durante al menos seis meses como paso previo a la demanda judicial por allanamiento”.

EXPROPIACIÓN

Hasta el momento, la expropiación forzosa temporal de una vivienda vacía podía ser paralizada si los inversores denunciaban la okupación de sus inmuebles, pero ahora ya no. La nueva normativa afectará a bancos y fondos de inversión que estarán obligados a ceder sus inmuebles que lleven vacíos más de dos años sin causa justificada.

En concreto, se refuerzan las herramientas para sacar al mercado las viviendas vacías para la gestión de las situaciones de emergencia social, a la calificación de viviendas con protección oficial y a la moderación de los precios del alquiler de las viviendas libres.

De hecho, el decreto ley contempla un índice de referencia de precios de alquiler de viviendas y obliga al arrendador a comunicarlo al inquilino antes de firmar el contrato de arrendamiento y que conste en el acuerdo. En caso de incumplimiento, la multa podría ascender hasta los 9.000 euros.

ALTERNATIVAS

El sector inmobiliario se muestra reacio a esta medida intervencionista y critica que este decreto ley puede provocar un efecto llamada de que en Cataluña okupar una vivienda no solo es gratis, sino que pasa a estar protegido por las autoridades.

Frente a esta medida, Gerard Duelo evoca a ejemplos exitosos de regulación de mercado del alquiler y plantea una alternativa. Asegura que en los principales países de la Unión Europea el derecho constitucional a la vivienda se garantiza en el mercado privado de alquiler mediante subvenciones personalizadas a los arrendatarios para pagar el alquiler en el parque privado.