La persona que ha obtenido la cancelación de la deuda era deudor de 12 acreedores
El Juzgado mercantil nº7 de Barcelona ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) ante un caso de sobreendeudamiento, liberando al concursado de una deuda que ascendía a 873.589 €.
CCB, vecino de Montgat (Barcelona), explica que sufrió pérdidas empresariales debido al aumento de morosidad de sus clientes, una situación que le llevó a la quiebra y a verse perseguido por 12 acreedores. Así, con una nómina de 1.048 €, CCB acudió a las oficinas de Repara tu Deuda, primera compañía en España que aplica la Ley de la Segunda Oportunidad, en busca de ayuda.
“No todos los casos de sobreendeudamiento – explican los responsables de Repara tu deuda – corresponden a personas que han perdido el empleo o que han ido solicitando préstamos para hacer frente a las necesidades básicas. En muchos casos, como el de CCB, son emprendedores que han tenido la valentía de poner en marcha un negocio, pero les ha ido mal por causas ajenas a su propia gestión”.
Las deudas ahora perdonadas por auto judicial habían sido contraídas con Coexu (préstamo personal y tarjeta de crédito), BBVA (préstamo personal), General Electric (tarjeta de crédito), Catalunya Caixa (préstamo) y Bancaja (préstamo), ALD Automotive (préstamo), CaixaBanc (Hipoteca), Banco Santander (préstamo), Banco Sabadell (préstamo), Comercial de Maquinaria (crédito), Cetelem Lindorff (préstamo personal).
Para acceder a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad, que entró en vigor en España en 2015, el deudor debe presentar el acuerdo extrajudicial de pagos ante un notario (si es persona física no empresario) o en el Registro Mercantil (autónomos y persona jurídica). Desde ese momento, no se pagan más intereses de los créditos ordinarios y se paralizan todas las acciones judiciales habidas y futuras (ejecuciones, procedimientos civiles en curso).
Esta legislación permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente el deudor ha actuado de buena fe, así como intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores con la mediación de un juez y solicitar ante el tribunal la exoneración de la deuda parcial o total.
Repara tu deuda ostenta el 100% de éxito en todos sus casos y prevé llegar a los más de 100.000 casos anuales durante los próximos tres años, tal y como sucede en otros países como Francia donde la ley lleva vigente más tiempo.
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Fuente Comunicae