La instalación del gas natural como suministro para la calefacción del hogar, empresa o finca se antoja una alternativa como otra cualquiera. Sin embargo, cualquier cliente debe tener cuidado porque un vacío legal le permite eternizar esta aparente sencilla operación.
Para empezar, el proceso de alta de gas natural no es equiparable a un alta de luz o de agua. La principal diferencia es que no siempre la finca donde se quiere el suministro cuenta ya con acometida de gas a la que conectar una nueva instalación.
La campaña “Más comodidad y ahorro con gas natural” para contrataciones de nuevos puntos de suministro con Nedgia Madrid, empresa distribuidora de gas natural del grupo Naturgy, ofrecía durante junio dos grandes ventajas: subvención de 750 euros a la instalación, que se descontaban del presupuesto; y una aportación económica de 150 euros. En total, 900 euros en ayudas a descontar de una instalación que supone para un cliente particular en torno a los 2.000 euros.
La instalación en sí no corre a cargo de Nedgia, sino de una subcontrata en cuyo presupuesto y orden de trabajo ya hay un hueco en blanco que puede despertar ciertas sospechas en el cliente. A la hora de indicar la fecha aproximada de los trabajos (inicio y finalización), ambas casillas aparecen sin rellenar. Este detalle sin importancia empieza a hacerse más grande en la mente de los clientes a medida que pasan los días y las semanas sin tener noticias de Naturgy, Nedgia ni la subcontrata.
La distribuidora de gas natural, en este caso Nedgia, cuando recibe una petición de conexión porque un usuario ha decidido suscribir la oferta para instalar el gas en su casa, tiene que encargarse de realizar la obra y poner una acometida en la finca si ésta no existe todavía, es decir, si la finca no está conectada.
La solicitud al Ayuntamiento para el suministro y acometida de gas natural en un requisito previo y necesario. Este proceso suele durar entre una semana y un mes, según el volumen de trabajo y recursos del consistorio municipal. “No te preocupes que esto va rápido”, explicaron los comerciales de la subcontrata a un cliente particular que denuncia la situación a MERCA2.
NATURGY DERIVA A NEDGIA
Siguen pasando los días, las semanas, los meses y, como anunciaban en Juego de Tronos, «Winter is coming» (el invierno se acerca). Si da la casualidad de que el cliente canceló el suministro anterior o no dispone de calentador ni calefacción, la preocupación empieza a tornarse en enfado e indignación. Esta sensación se acentúa cuando el comercial que inspiró la confianza para dar el paso adelante en la instalación del gas natural evade responsabilidades. «Es Nedgia la que tiene que hacer la instalación y conectar», argumentan.
“El gas en España no se considera servicio especial y por ello no tiene plazos legales”
Las reclamaciones, llamadas y escritos en busca de soluciones caen en saco roto hasta que el cliente lee una frase que explica la tranquilidad de Naturgy y Nedgia: “El gas en España no se considera servicio especial y por ello no tiene plazos legales”. ¿Y ahora qué?
Ante la petición de explicaciones de este medio, Naturgy deriva a Nedgia. Fuentes de la compañía admiten que no es normal que el proceso se alargue tres meses, ya que cobran por punto conectado. “Nosotros somos los primeros interesados en conectar nuevos puntos”, declaran. No obstante, ahí está el vacío legal para evitar problemas.
Una vez la acometida queda instalada, y la obra finalizada, y solamente entonces, es cuando el cliente puede solicitar el alta a una empresa comercializadora, ya que antes el punto de suministro no aparecerá como contratable. Eso sí, si el cliente ha estado esperando meses hasta ese momento, nadie se hace responsable. A partir de que la distribuidora recibe la petición de servicio por parte de la comercializadora sí que existe un plazo regulado de seis días que es el tiempo máximo que puede tardar la distribuidora en realizar la puesta en servicio.