jueves, 12 diciembre 2024

Hacienda estudia implantar la facturación digital entre empresas

Fue el pasado 21 de abril cuando Italia consiguió la aprobación por parte de la Unión Europea para implantar la facturación electrónica obligatoria. Esto significa que dicha obligatoriedad es para todas las facturas domésticas business to business (B2B), business to consumer (B2C) y business to government (B2G). Por tanto, el país trasalpino es el primer país de la UE en llevar a cabo dicho mandato que tendrá validez de cinco años, con posibilidad de extensión. ¿Y España? ¿Tiene pensado el Ministerio de Hacienda seguir sus pasos?

“El Ministerio de Hacienda Español ya está desplegando la plataforma FACeB2B y la ley de contratación pública 9/2017 marca el punto de partida para el uso de esta plataforma”, señala Alexander Jansson, managing director de PGN Iberia (Grupo Pagero). Por tanto, podría ser el siguiente país europeo en introducir dichos mandatos.

Las empresas deben primero registrarse en el Registro Electrónico Único para recibir el código DIRe

De momento, y desde el pasado 30 de junio, es obligatorio tanto para los subcontratistas como para los contratistas principales de contratación pública que intercambien facturas electrónicas a través de FACeB2B si estas sobrepasan los 5.000 euros. Para las empresas, entre ellas, de momento es voluntario.

EL PROCESO CON HACIENDA

Para llevar a cabo un buen uso de la obligatoriedad antes descrita, las empresas deben primero registrarse en el Registro Electrónico Único para recibir el código DIRe. A continuación, los subcontratistas deberán remitir facturas a FACeB2B, mientras que los contratistas principales deberán obtener las facturas electrónicas desde FACeB2B. “No se permitirá el intercambio directo de facturas”, advierte Alexander Jansson.

Eso sí, el contratista principal deberá utilizar FACeB2B para rechazar una factura, mientras que el subcontratista deberá usar FACeB2B para emitir los documentos de rectificación y nuevas facturas. Y todos los documentos electrónicos deben estar en el formato Facturae, similar al proceso B2G actual. “No será obligatorio aplicar una firma digital a las facturas electrónicas B2B”, matiza el managing director de PGN Iberia.

Este proceso es muy similar al desarrollado por Italia. ¿Qué ocurre? Que España no ha recibido todavía derogación de la Comisión de la UE para implementar el mandato B2B. “Es imposible estimar cuándo podría entrar en vigor este mandato. Tan sólo es cuestión de tiempo que se tome una decisión política sobre qué ruta continuar, si la facturación electrónica o la declaración electrónica”, sostiene Alexander Jansson.

¿Qué queda todavía para que se amplíe el universo a todas las empresas? “Aún no se ha publicado un entorno de prueba, lo que significa que no es posible comprobar cómo, o si, la conectividad actual funciona”, advierte Jansson. Tampoco se han publicado los conocidos como schematrons, es decir, que todavía no es posible saber cómo la plataforma realizará controles de contenido. Y, por último, no está claro si se acabará añadiendo una compatibilidad con otros formatos distintos a Facturae. ¿Por qué este último punto es importante? Porque este formato no se utiliza de manera masiva en el sector privado.


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