BBVA, Mahou, Schweppes o Toyota son algunas de las grandes marcas que se pelean por la altura de las grandes ciudades. Todas ellas buscan la mejor ubicación para colocar sus carteles publicitarios y los vecinos de las comunidades más céntricas lo celebran. Las derramas millonarias no existen y los vecinos morosos no preocupan. Así se financia una comunidad de propietarios.
Las grandes calles y avenidas de ciudades como Madrid o Barcelona son los objetivos de estas grandes compañías. Los ‘cielos’ de las avenidas como Gran Vía y Castellana –en Madrid- o Diagonal –en Barcelona- son un gran atractivo publicitario. Por eso es normal que los Ceos de las empresas seduzcan a los inquilinos de los inmuebles con suculentas ofertas. Propuestas que en casi ninguno de los casos trasciende la cantidad ofrecida. Pero a buen seguro que la cifra ha de tener al menos tres ceros –aunque depende mucho de la ubicación del edificio-.
Lo cierto es que estos ingresos extras permiten a las comunidades de vecinos vivir sin preocupación por los gastos. Las derramas millonarias para cambiar ascensores, para arreglar fachadas o para mantener las zonas comunes no existen. El superávit está asegurado e incluso los vecinos morosos no preocupan. Todo son ventajas.
La valla más representativa de este modelo de negocio es la del ‘Tío Pepe’ instalada en la Puerta del Sol. Es la imagen que a todo el mundo se le viene a la cabeza cuando se habla de monetizar la azotea de un edificio. Pero la realidad es que esta práctica está más extendida de lo que muchos usuarios creen. Sólo hace falta recorrer el Paseo de la Castellana para observar que esto no sólo ocurre en el centro de la ciudad.
Cerca del Santiago Bernabéu –justo en frente de su fachada principal- se atisban dos imperiales carteles de Mahou y de CaixaBank. Aunque no trasciende la cantidad económica es de incalculable valor la ubicación de estas publicidades. Hay que tener en cuenta la multitud de personas que circulan por esta zona cada día, tanto en coche como a pie. A ello hay que sumarle el atractivo turístico que despierta el coliseo blanco. De hecho, el museo del feudo merengue es el tercero más visitado de toda la capital. Por delante, sólo el Reina Sofía y el Thyssen Bornemisza.
De todos modos, antes de poner cualquier tipo de publicidad la comunidad de vecinos ha de aceptar una serie de normas. Primero, hay que consultar la ley de propiedad horizontal que en su artículo 17.1 señala que para llevar a cabo este tipo de iniciativa es necesario el acuerdo de la junta de propietarios de tres quintas partes del total (60%), que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación y el consentimiento del propietario de la vivienda a la que afecte directamente el proyecto, si lo hubiere.
En caso de que el elemento publicitario en cuestión afectase físicamente a la vivienda de algún propietario, se necesitaría, además, el permiso expreso del mismo, para poder llevar a cabo la acción.
Una vez exista el consenso general en la comunidad, respetando siempre la ley, el siguiente paso será solicitar una licencia de instalación, que conceden los ayuntamientos, verificando que el cartel publicitario cumple con las normas de seguridad y apariencia del edificio. Normalmente, estas licencias se conceden durante cinco años.
Con la licencia en la mano, tendrá que ser el presidente el que, representando a la comunidad, negocie e intermedie con la empresa interesada los términos de la duración, el precio y otros aspectos relevantes del contrato.
LAS COMUNIDADES HAN DE DECLARAR LOS INGRESOS
Los ingresos que se generan por la instalación de un cartel publicitario en el edificio también están sometidos a tributación, y la comunidad de propietarios tiene la obligación de darse de alta en el censo de obligaciones fiscales.
Aunque la comunidad debe emitir el formulario correspondiente de carácter informativo y anual, son los vecinos los que de forma individual han de hacer constar estos ingresos en sus declaraciones de la renta, salvo que la cantidad sea menor de 3.000 euros. En este caso no es obligatorio su declaración.
LONAS PARA TAPAR LAS OBRAS
De todos modos, también existen acuerdos no duraderos y sí puntuales para algunos gastos de comunidades de propietarios. Por ejemplo, los arreglos en la fachada de un edificio. Las empresas también se pelean para conseguir estos contratos que no se alargan en el tiempo y reportan una gran repercusión mediática. La fórmula es sencilla, ocultar los andamios de obra con una gran lona publicitaria. Esta imagen se ha podido observar en calles como Gran Vía por donde cada día pasean miles de madrileños y de turistas. Al final, la compañía logra promocionar su marca y los vecinos costean con ese dinero la reforma. De nuevo, todos ganan.
LAS TELEFÓNICAS TIENTAN A LAS COMUNIDADES
Las operadores móviles son otras de las beneficiadas por el arrendamiento de las azoteas de los edificios. Además en este caso no hace falta que el inmueble esté situado en una céntrica de mucho tránsito porque lo que se busca no es la publicidad, sino la operatividad a través de la instalación de repetidores o antenas. Aunque desde el 2014 las telefónicas lo tienen más fácil en este sentido porque una ley aprobada por PP, PSOE y CIU permite a las compañías expropiar, en casos concretos, azoteas y tejados para instalar sus antenas.
EL RIESGO DE LAS ANTENAS
Además, la instalación de estas antenas se presenta más complicada porque muchos vecinos se oponen por miedo a los efectos que puedan provocar en la salud. De hecho, Facua avisa que al instalar la denominada estación base transceptora (EBT) y sus equipos complementarios, el edificio sufre una sobrecarga de varias toneladas que debe ser previamente evaluada por un técnico que no tenga ninguna relación con la compañía de telefonía ni con la empresa intermediaria que haya ofertado su colocación.
La asociación también defiende que es importante tener en cuenta asimismo que ciertos contratos de arrendamiento de las azoteas que se firman con las compañías dejan abierta la posibilidad de ampliar en el futuro el equipo instalado, además de atar a la comunidad de propietarios con la empresa entre unos 15 y 25 años