La moratoria en los créditos castiga al ciudadano: la banca restringe los préstamos

El Consejo de Ministros aprobó este martes el Real Decreto-Ley 11/2020 que incluye una batería de medidas extraordinarias relacionadas con el sector de alquiler, pero también la moratoria para los créditos al consumo. Y la banca lo tiene claro: repercutirán sobre el ciudadano este aplazamiento con un encarecimiento en los nuevos préstamos.

En declaraciones a MERCA2, el presidente del Foro de Economistas Inmobiliarios del Colegio de Economistas de Madrid, Julián Salcedo, explica que realmente lo que ha aprobado el Gobierno es la moratoria para los prestatarios de créditos al consumo que se encuentren en situación vulnerable como consecuencia del Covid-19.

Para Salcedo, el término crédito al consumo es una calificación “vulgar” e incorrecta: “En realidad lo que se aprobó (art. 21) fue la “suspensión de las obligaciones derivadas de los contratos de crédito sin garantía hipotecaria”.

Salcedo insiste en que “no todos los créditos sin garantía hipotecaria son destinados al consumo de bienes o servicios, aunque probablemente sean mayoría los que se destinan a ello, pero también es frecuente utilizar un crédito de estas características para suplir la carencia de ahorro a la hora de adquirir una vivienda, o prestar la fianza obligatoria de un contrato de arrendamiento”.

IMPACTO DE LA MORATORIA

La moratoria para los prestatarios de créditos al consumo concede “una inmunidad/impunidad generalizada para todos los deudores que acrediten las condiciones de vulnerabilidad, permitiéndoles no solo no pagar las cuotas mensuales, sino además que no se paguen intereses durante la suspensión. Da igual el destino que se haya dado al crédito por el consumidor”, detalla.

Por otro lado, el economista critica esta medida ya que la entidad financiera tiene concedido “un crédito gratuito” durante tres meses o más, por acuerdo del Consejo de Ministros, y se amplía el vencimiento del contrato.

“La entidad financiera habría analizado en su día la operación, calculado el riesgo, y en función de ello fijado el tipo de interés aplicable. Ahora se encuentra con una operación financiada por la que no va a cobrar intereses, mientras que ella tendrá que soportar el coste (incluido el coste de capital) que le suponga tener casada la operación con un pasivo equivalente, que no tiene por qué ser a tipo cero como muy probablemente haya estimado el Gobierno”, critica.

Por otro lado, se supone que no serán muchos los deudores que puedan acogerse a esta moratoria, ya que “los requisitos de vulnerabilidad son ciertamente exigentes pero, sea cual fuere, el impacto lo tendrá que soportar íntegramente a su cargo y costa la entidad financiera”.

LA BANCA CORTA EL GRIFO

Ante la pregunta ¿qué opciones tiene la entidad?, Julián Salcedo no lo duda: “No hay que ser muy listo para pensar que calculará el impacto económico que le supondrá y tratará de recuperarlo aplicando unas condiciones mayores a los créditos futuros que conceda, tanto créditos como préstamos”.

“Y dado que le va a suponer una merma de liquidez (también de solvencia), lo normal sería que restringiera la concesión de nuevos créditos y préstamos, de forma que la medida acabará penalizando a todos los nuevos peticionarios, así como un endurecimiento de las condiciones para su concesión”, alerta el economista.

De hecho, asegura que se resentirán en primer lugar los préstamos hipotecarios, los más sensibles por su volumen y por lo ajustado de los tipos que se aplican a estas operaciones, ya que a los créditos al consumo se aplican tipos muy superiores.

“Una vez más, el Gobierno toma decisiones contra el bolsillo de los privados, en este caso las entidades financieras, mientras que el Estado no asume ni un solo euro a su cargo”, concluye el presidente del Foro de Economistas Inmobiliarios del Colegio de Economistas de Madrid.