Montoro recaudará más rápido a costa de las empresas

El próximo 1 de julio entra en vigor el nuevo sistema de Suministro Inmediato de IVA, conocido como SII. En primer lugar, entrarán a formar parte de él empresas con una facturación anual de más de seis millones de euros. Aunque también afectará a pymes inscritas en el Registro de Devolución Mensual de IVA, lo que se conoce como REDEME. Metodología bajo la que operan un buen número de pymes exportadoras.

Es sólo el principio. Según los especialistas consultados por Merca2.es, el 100% de los autónomos y pymes terminarán volcando su información de IVA del mismo modo, cuando pasen unos años. De hecho, dichas agrupaciones empresariales ya pueden acogerse de forma voluntaria. Pero, ¿qué significa realmente para las empresas? ¿Por qué se implanta este nuevo sistema?

Los argumentos de la Administración

La información suministrada por Hacienda asegura que esta metodología permitirá reducir las obligaciones formales y las Inspecciones. Ampliará el plazo de las autoliquidaciones, disminuirá el requerimiento de información y mejorará el control tributario.

“Creemos que ninguno de estos beneficios son para el contribuyente, sino que todos son para la Agencia Tributaria”, asegura a Merca2.es Óscar López, asesor en Grupo Utopic_us. Para corroborarlo, López nos propone el siguiente caso práctico.

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Calculadora. Libre de derechos.

Una PYME, que se dedica a la compra venta de productos y servicios tecnológicos, con una facturación anual de 500.000 euros, y con un volumen de facturas recibidas y emitidas de cuatro documentos diarios. “Con el sistema actual el día 10 de cada mes, hace un solo envío con los datos de las facturas recibidas, emitidas e intracomunitarias. Con el nuevo sistema SII, prácticamente, al tener facturas todos los días, tendrá que hacer el envío de datos de forma diaria. Por lo tanto, esta empresa pasa de hacer un solo envío al mes a realizar más de treinta”.

Problemas organizativos

Al margen del aumento de gestiones burocráticas, López señala otros aspectos relevantes para la futura organización de la compañía. Como por ejemplo, el periodo de ajuste y acople al nuevo programa de contabilidad. También habrá un cambio en la forma de trabajo de los departamentos y personal relacionados con este departamento.

En opinión de López, «sólo las grandes empresas, con grandes recursos financieros, pueden “robotizar” y automatizar su gestión diaria.  Para una empresa, detrás de la emisión o recepción de una factura, hay muchos procesos. Muchas personas involucradas, revisión, aceptación, devolución,… ¿Cuántas veces hemos recibido facturas que estaban erróneas que no recogían lo pactado, o que tenían un error administrativo?», se pregunta López.

«Ahora con el nuevo sistema SII solo vas a tener cuatro días para revisarla. Puede imaginarse que hay empresas donde pasan filtros de seis o más personas para aprobar una factura. O una empresa familiar, donde el dueño tiene que revisar diez – quince facturas todos los días. Si el dueño pasa gran parte de su tiempo en temas burocráticos, ¿quién atiende su negocio? ¿Quién consigue clientes? ¿Quién dirige equipos?»,  concluye.

Un favor que las pymes hacen a Hacienda

La indignación en el colectivo es mayor aún, si tenemos en cuenta que la recaudación del IVA por parte del Estado es prácticamente un favor que realizan las empresas a dicha institución. Una labor recaudatoria que las pymes hacen gratis, puesto que son meras intermediarias entre el contribuyente (el comprador), que sí es parte activa del proceso, y la propia Agencia Tributaria. Sin embargo, son dichas corporaciones las que deben adaptar sus procesos, sistemas informáticos, su tiempo y su dinero en agilizar la máquina recaudadora del Estado.

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Calcular impuestos. Libre de derechos.

Lejos de agradecerlo, Hacienda implanta una solución que en opinión de López facilitará una información más rápida a la Agencia Tributaria. Pero no más y mejor información. Ahora, lo que se exige es mayor diligencia y rapidez. Es decir, que el Estado recaude antes.

Porque si no habrá multas. A las sanciones habituales por incumplir con las normas tributarias debemos añadir un 0,5% del importe de la factura que no haya sido enviada a tiempo. El mínimo trimestral será de 300€, con un máximo de 6.000€.